Si actualmente es beneficiario al programa PROSPERA y desea realizar la baja o alta de un integrante en su familia, será necesario recaudar ciertos documentos para cada caso; por lo anterior le recomendamos leer el artículo en su completa totalidad para conocer los requisitos solicitados y el proceso a seguir.
Prospera es un programa de inclusión social emitido por la secretaria de desarrollo en el cual se brinda apoyos económicos a más de 7 millones de Mexicanos de bajos recursos, esto con el fin de mejorar su alimentación, educación, salud, además de brindar oportunidades laborales y financieras.
Recuerde que el proceso también puede ser solicitado por aquellas familias que estén inscritas en el programa después de 1988 dispuesta por el Gobierno bajo el nombre de «Solidaridad». Además de lo anterior para beneficiarios inscritos en el programa denominado «Progresa» establecido luego del año 1997.
Requisitos para dar de alta un integrante en PROSPERA
Los requisitos mencionados a continuación únicamente deben ser usados si es un nuevo miembro del hogar que cumpla con algunos de los siguientes casos:
- Original y copia del acta de nacimiento
- Certificado donde se valide la adopción, además del acta de tutela
- Constancia de autoridad local que avale que el menor o joven se integra a la familia beneficiaria del programa PROSPERA
- Original y copia del acta de nacimiento
- Original y copia del acta de nacimiento
- Acta de matrimonio
- Acta de nacimiento de los dos
- Certificado que valide que la persona vive en unión libre con alguno de los integrantes de la familia beneficiaria y forma parte del hogar
- Original y copia del acta de nacimiento
- Acta de matrimonio
- Acta de nacimiento de los dos
- Certificado que valide que la persona se hace cargo del hogar como tutor (a) de los menores de la familia y que no es titular de otra familia beneficiaria (Original y copia)
Requisitos para dar de baja un integrante en PROSPERA
Para el caso de baja en el programa PROSPERA, previamente se deben cumplir algunos de los siguientes casos: Si alguno de los integrantes ya no vive en el hogar beneficiario – Si la persona no pertenece a la familia – Si ha fallecido – Si aparece en el registro dos veces; a continuación se determinan los requisitos en cada uno:
- No pertenece a la familia
- Existe un error de datos en su registro
- Aparece su registro 2 veces
- Certificado que avale que la persona ya no vive en el hogar beneficiado.
- En algunos casos debe anexar un comprobante de domicilio donde conste su nombre
- Original y copia del acta de defunción
- Constancia de fallecimiento
- Certificado de inhumación o cremación
- Constancia de autoridad local que avale que ya no vive en el hogar
- Constancia de autoridad local que avale el fallecimiento